Quien tuvo o tiene una mascota -perro o gato- desde su etapa de cachorra sabe que uno de los desafíos más importantes para la “educación” del animal doméstico es delimitar el espacio o la manera en la que debe realizar sus necesidades. En ese esfuerzo, hay un producto que suele ser un aliado: se llama “Chau Pis”.
Justamente de eso se trata: la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la elaboración, uso, comercialización y publicidad de ese conocido limpiador y desodorizante para mascotas utilizado para eliminar restos de orina de perros y gatos, y evitar que vuelva a hacerlo en ese lugar.

La medida fue establecida a través de una norma -la Disposición 6780/2025- publicada hoy en el Boletín Oficial, tras detectarse irregularidades en el registro y en la fabricación, lo que impedía garantizar la calidad, seguridad y eficacia del producto.
En los fundamentos de su decisión, la ANMAT alegó proteger a los eventuales usuarios y adquirentes del producto, pues “se desconocen las condiciones de su manufactura”. Además, recordó que los establecimientos y productos domisanitarios deben contar con habilitaciones y registros para poder ser comercializados.

El organismo detalló que el Servicio de Domisanitarios de su estructura recomendó prohibir la elaboración, distribución y venta de todos los lotes del producto, incluso a través de plataformas de comercio electrónico, así como su publicidad. La medida también fue comunicada a las autoridades sanitarias jurisdiccionales.

“Chau Pis” se promociona como un limpiador sin aroma, apto para interiores y exteriores, con la capacidad de neutralizar olores y evitar que las mascotas vuelvan a marcar territorio.
Actúa de ese modo como “repelente” de perros y gatos desarrollado a partir de limpiadores y sanitizantes específicos, dándole la particularidad de eliminar los restos de proteína de la orina y, de esa manera, evitando la redeposición posterior ya que la mascota no registra ese espacio como territorio propio o marcado.
