Una mujer de 69 años quedó herida cuando el auto en el que viajaba fue chocado por otro que ingresó de contramano a su carril. Siete años más tarde, la Justicia ordena indemnizarla y advierte que su condición de adulto mayor debe ser analizada de manera diferente, porque las secuelas físicas revisten mayor gravedad y deben ponderarse con especial cuidado al fijar la reparación.
Según se acreditó en la causa, la mujer ya jubilada iba en el vehículo de una familiar cuando un auto invadió el carril contrario y chocó de frente . La Justicia de La Matanza confirmó la responsabilidad del conductor y de la empresa a la que pertenecía el vehículo, una constructora.
Al calcular la indemnización, los jueces enfatizaron que la avanzada edad de la mujer agrava las consecuencias de la incapacidad sufrida y que desde hace siete años lleva adelante la demanda sin haber recibido todavía ninguna compensación.
El fallo duplicó el rubro daño físico que se había fijado a su favor en primera instancia y el de consecuencias no patrimoniales
La sentencia —firmada por los jueces Héctor Roberto Pérez Catella, Ramón Domingo Posca y José Nicolás Taraborrelli consolidó el criterio de que, tratándose de adultos mayores, el daño debe ser valorado con mayor rigor para garantizar una reparación plena.
